28 febrero 2009

NORMAS DE SEGURIDAD EN INSTALACIONES DE TIRO CON ARCO

Taller de Arquería, siguiendo las directrices de las Guías RFETA de instalaciones de tiro con arco en aplicación de las normas de seguimiento de Seguridad de las Instalaciones destinadas a la práctica del tiro con arco, con el fin de garantizar un uso responsable y seguro de las mismas, aconseja a sus sedes la implantación de las siguientes Normas de uso de una instalación de Tiro con Arco. Estas normas son el fruto de las relaciones que han sido mantenidas con la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.

NORMAS:

No está permitido el acceso a la línea de dianas a persona o personas no autorizadas por el titular y/o usuario de la instalación.

Los arqueros deberán estar en posesión de una licencia federativa de tiro con arco en vigor.

Está expresamente prohibido el uso de puntas de flecha da caza, impacto o cualquier otro tipo que no sean las de forma ovalada o cónica.

La potencia máxima de los arcos utilizados por los deportistas será en todo momento la admitida por la FITA y/o la RFETA para cada división y tipo de arco.

Los arcos Tradicionales, no podrán ser utilizados para disparar a mayor distancia de la permitida por la FITA y/o la RFETA.

Todas las flechas utilizadas por los arqueros deberán estar marcadas inexcusablemente en el tubo con el número de licencia o iniciales de su nombre para su identificación.

Los arcos SOLO SE TENSARÁN CON LA FLECHA MONTADA DESDE LA LÍNEA DE TIRO EN DIRECCIÓN A LA LÍNEA DE DIANAS y nunca mientras se encuentren arqueros en la línea de dianas.

La posición de TENSADO SERÁ LO MÁS PARALELA AL SUELO POSIBLE, quedando expresamente prohibidas las aperturas denominadas “hacia arriba” o “en bandera”. Así mismo está prohibido el uso de cualquier técnica de apertura en la que sí, por cualquier circunstancia se escapara una flecha ésta pudiera salir del recinto del campo de tiro en cualquier dirección.

Los menores de 14 años que usen la instalación deberán estar, siempre que realicen la actividad deportiva, acompañados de un técnico o una persona adulta en su defecto, que se responsabilice de las acciones del menor, no pudiendo, en ningún momento, realizar la actividad deportiva sin la presencia del mencionado técnico. No se permite la permanencia en la línea de tiro de uno o varios menores que no estén acompañados de un técnico o persona adulta responsable de los mismos.

Los animales de compañía deberán encontrarse siempre sujetos, no pudiendo interferir en la práctica del tiro de los arqueros.

En general está terminantemente prohibido mantener una aptitud que pueda entrañar riesgo para el resto de los usuarios de la instalación, o público si lo hubiere.